Cómo presentar una queja

¿Alguna vez ha sufrido discriminación porque es una persona sorda o hipoacúsica? La NAD recomienda encarecidamente que presente una queja para que se pueda resolver el problema, así como para crear conciencia. El primer paso es identificar quién lo discriminó y dónde ocurrió la discriminación, cuya información determinará dónde debe presentar la queja.

Consulte la lista de enlaces a continuación y seleccione cuál aplica a su situación para obtener información sobre qué ley se fundamenta y cómo presentar una queja. Esta sección no cubre todas las situaciones posibles, ya que puede tener derechos adicionales conforme a las leyes federales y estatales.

Presentar una queja implica que debe contar lo que sucedió. Muchas veces, una queja consta de una carta que usted escribe explicando lo sucedido. Algunas agencias tienen formularios de quejas. Su queja puede incluir una copia de cualquier documento que pruebe lo sucedido, como comunicaciones por correo electrónico, cartas, notas, fotos, fax y grabaciones de vídeo. Si necesita ayuda para redactar o presentar su queja, puede comunicarse con la agencia que maneje su tipo de queja.

La NAD ha recopilado alguna información sobre diversos tipos de discriminación que puedan sufrir las personas sordas e hipoacúsicas. Esta información también está disponible en vídeo. Haga clic en unos de los enlaces para visualizar la información, tanto en ASL como en inglés. Además, por favor, hágale saber a la NAD cuando presente una queja, y si desea seguir adelante con una acción legal, comuníquese con el Centro de Derecho y Defensa (en inglés, Law and Advocacy Center) de la NAD a través de esta página de contacto.

>> Discriminación en viajes aéreos

Descripción de YouTube: La NAD proporciona información sobre cómo los pasajeros sordos e hipoacúsicos pueden presentar quejas contra aerolíneas cuando no reciben un ajuste para sus necesidades.

La Ley de Accesibilidad en el Transporte Aéreo (ACAA, por sus siglas en inglés) establece los requisitos para el acceso a las personas con discapacidad en los aeropuertos y con las aerolíneas. En general, las reglas de la ACAA:

  • prohíben a las aerolíneas estadounidenses y extranjeras discriminar a los pasajeros por motivos de discapacidad;
  • exigen a las compañías aéreas que hagan accesibles las aeronaves, otras instalaciones y servicios; y requieren que las aerolíneas tomen medidas para hacer ajustes para los pasajeros con alguna discapacidad.

Lo anterior significa que las aerolíneas son responsables de hacer que la información y los servicios de reserva sean accesibles (por ejemplo, proporcionar un TTY en lugares donde puede llamar a hoteles o moteles). Además, si se informa a la aerolínea que se trata de una persona sorda, es responsable de proporcionarle información directamente en caso de cambios de vuelo o anuncios. Los televisores en el aeropuerto también deberían tener los subtítulos activados. Para los viajeros sordociegos, es importante saber que las aerolíneas requieren que usted pueda establecer una forma de comunicación con el personal de la aerolínea por motivos de seguridad. De lo contrario, la aerolínea puede requerir que viaje con un asistente para su seguridad.

Si cree que una aerolínea lo ha discriminado en violación de la Ley de Accesibilidad en el Transporte Aéreo, puede presentar una queja ante el Departamento de Transporte (DOT) de los EE. UU.  

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Información adicional:

>> Discriminación en las empresas

El Departamento de Justicia de los EE. UU. es responsable de hacer cumplir la Ley de Estadounidenses con Discapacidad (ADA, por sus siglas en inglés) con respecto a las empresas, de cualquier tamaño, con o sin fines de lucro. 

Cuando usted se encuentra con alguna discriminación por parte de negocios o proveedores de servicios, como una sala de conciertos que se niega a hacer ajustes o un bufete que se niega a pagar por un intérprete, puede presentar una queja según el Título III de la ADA ante el Departamento de Justicia por correo o correo electrónico. Una queja incluye su nombre completo, domicilio, teléfono y el nombre de la empresa u organización que usted cree que hizo la discriminación. Además, incluya una descripción de lo que sucedió, incluyendo el día y la hora en que ocurrió la discriminación y los nombres de las personas que causaron la discriminación. También se le anima a incluir cualquier otro tipo de información que sea importante para explicar lo que sucedió, como copias de correos electrónicos, notas o formularios, pero debe guardar los originales. Puede encontrar más información sobre la presentación de una queja bajo el Título III de la ADA.

Otra opción es usar el formulario para el Título II en http://www.ada.gov/t2cmpfrm.htm y enviarlo por correo a la dirección que se encuentra en el formulario, o por correo electrónico a [email protected], con cualquier otro documento o prueba relevante. No hay fecha límite para presentar una queja bajo el Título III de la ADA ante el Departamento de Justicia de los EE. UU., aunque debe presentarla lo antes posible. 

También puede presentar una queja (demanda) en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado. Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic aquí. Para localizar su tribunal federal, haga clic aquí.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información:

 

>> Dispositivo de subtítulos opcionales en el cine

Descripción de YouTube: La NAD comparte información sobre las acciones que pueden tomar las personas sordas e hipoacúsicas si sufren problemas con los subtítulos en un cine.

El propósito de este formulario es ayudarle compartir comentarios con un cine sobre cualquier problema que haya tenido con el dispositivo de subtítulos opcionales al momento de ver una película en el cine. Al enviar el formulario, la información que llenó se entregará al cine donde tuvo el problema. La NAD brinda este servicio solamente para traspasar su queja directamente al cine y no es responsable por su queja ni la respuesta del cine. Cualquier respuesta que reciba de parte del cine se le enviará a usted al correo electrónico o el teléfono que indicó en el formulario. Este servicio no significa que la NAD sea su representante legal en este asunto. Asimismo, no crea ninguna relación de abogado y cliente entre usted y la NAD, y no es una promesa de representación legal de parte de la NAD. Si tiene preguntas sobre el formulario, póngase en contacto con nosotros.

Envíe una queja a un cine sobre su experiencia con subtítulos opcionales

>> Discriminación por programas o servicios de gobiernos estatales y locales

Descripción de YouTube: La NAD comparte información sobre las acciones que pueden tomar las personas sordas e hipoacúsicas si sufren discriminación por parte de programas o servicios de gobiernos estatales o locales.

El Departamento de Justicia de los EE. UU. es responsable de hacer cumplir la Ley de Estadounidenses con Discapacidad (ADA, por sus siglas en inglés) con respecto a los gobiernos estatales y locales. 

Cuando usted se encuentra con alguna discriminación por parte de los gobiernos estatales y locales, como una escuela pública que se niega a proveerle un intérprete para la reunión de IEP de su hijo o su graduación, o un ayuntamiento que rechaza su solicitud por un intérprete en una reunión del ayuntamiento, puede presentar una queja bajo el Título II de la ADA. Esto debe hacerse dentro de los 180 días de la incidencia de la discriminación. Un formulario para presentar quejas bajo el Título II de la ADA está disponible en línea. Puede escribir su información en el formulario y luego enviarlo por correo electrónico como archivo adjunto a [email protected], junto con los documentos relevantes. Recibirá un correo electrónico de respuesta automática confirmando la recepción de su queja. Guarde una copia de su queja y el correo electrónico de respuesta como evidencia.

También puede presentar una queja (demanda) en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado. Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic en http://www.ncsc.org/Information-and-Resources/Browse-by-State.aspx. Para localizar su tribunal federal, haga clic en http://www.uscourts.gov/court_locator.aspx.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Un sitio útil de preguntas frecuentes se encuentra en http://www.ada.gov/fact_on_complaint.htm#1.

>> Discriminación en los servicios de atención médica y salud mental

Descripción de YouTube: La NAD comparte información sobre cómo los pacientes sordos e hipoacúsicos pueden presentar una queja contra los proveedores de atención médica cuando no reciben una comunicación eficaz.

Los prestadores de servicios de atención médica y de salud mental deben brindar comunicación eficaz para las personas sordas e hipoacúsicas, como intérpretes para los pacientes sordos o hipoacúsicos, o los compañeros sordos o hipoacúsicos de pacientes oyentes. Hay tres maneras de presentar quejas contra los prestadores de servicios de atención médica, dependiendo si es público o privado y la financiación del hospital o consultorio. Puede presentar estas quejas simultáneamente.

  1. Puede presentar una queja de la ADA ante el Departamento de Justicia de los EE. UU. 
    • Si el prestador de servicios de atención médica es un programa o servicio del gobierno estatal o local, como un hospital público o una clínica de salud pública, puede presentar una queja bajo el Título II de la ADA. El formulario para presentar quejas bajo el Título II de la ADA está disponible en http://www.ada.gov/t2cmpfrm.htm. No necesita usar el formulario, pero le ayudará a conocer el tipo de información que debe incluir en su queja. Debe presentar una queja bajo el Título II de la ADA dentro de los 180 días de la incidencia de la discriminación.
    • Si el prestador de servicios de atención médica es una empresa o funciona de forma privada, como un consultorio, puede presentar una queja bajo el Título III de la ADA. Puede encontrar más información sobre la presentación de una queja bajo el Título III de la ADA en http://www.ada.gov/t3compfm.htm. No hay fecha límite para presentar una queja bajo el Título III de la ADA ante el Departamento de Justicia de los EE. UU., aunque debe presentarla lo antes posible. 
  2. Puede presentar una queja ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. si el prestador de servicios de atención médica recibe fondos del gobierno federal (como Medicare).  Los prestadores de servicios de atención médica que reciben asistencia financiera federal están cubiertos por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. Puede encontrar más información sobre cómo presentar una queja bajo la Sección 504 en http://www.hhs.gov/ocr/civilrights/complaints/discrimhowtofile.pdf. Debe presentar una queja bajo la Sección 504 dentro de los 180 días posteriores a la discriminación.
  3. También puede presentar una queja (demanda) en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado. Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic en http://www.ncsc.org/Information-and-Resources/Browse-by-State.aspx. Para localizar su tribunal federal, haga clic en http://www.uscourts.gov/court_locator.aspx.

Además, algunos estados han aprobado una Carta de Derechos en Materia de la Salud Mental de las Personas Sordas e Hipoacúsicas: https://www.nad.org/issues/health-care/mental-health-services/model-mental-health-deaf-and-hard-hearing-individuals-bil-0. Si se viola esta Carta de Derechos, presente una queja ante su tribunal civil estatal.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información:

>> Discriminación en la educación superior

Descripción de YouTube: La NAD comparte información sobre la forma en que los estudiantes universitarios sordos e hipoacúsicos pueden presentar una queja en cuanto a la discriminación por parte de un instituto o universidad.

Si ha sufrido discriminación por parte de alguna institución o universidad, como no recibir servicios de subtitulado en tiempo real o de interpretación, existen tres maneras de presentar una queja, dependiendo si es pública o privada y la financiación del instituto o universidad. Puede presentar estas quejas simultáneamente.

  1. Puede presentar una queja de la ADA ante el Departamento de Justicia de los EE. UU. 
    • Si el instituto o universidad es una universidad estatal o un community college, puede presentar una queja bajo el Título II de la ADA. El formulario para presentar quejas bajo el Título II de la ADA está disponible en http://www.ada.gov/t2cmpfrm.htm. No necesita usar el formulario, pero le ayudará a conocer el tipo de información que debe incluir en su queja. Debe presentar una queja bajo el Título II de la ADA dentro de los 180 días posteriores a la discriminación.
    • Si el instituto o universidad es privada, puede presentar una queja bajo el Título III de la ADA. Puede encontrar más información sobre la presentación de una queja bajo el Título III de la ADA en http://www.ada.gov/t3compfm.htm. No hay fecha límite para presentar una queja bajo el Título III de la ADA ante los Estados Unidos. 
  2. Puede presentar una queja a la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de los EE. UU. cuando algún instituto o universidad recibe ayuda financiera federal (como préstamos estudiantiles garantizados por el gobierno federal) en http://wdcrobcolp01.ed.gov/CFAPPS/OCR/complaintform.cfm.  Los institutos y universidades que reciben asistencia financiera federal están cubiertos por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. Puede encontrar más información sobre la presentación de un queja bajo la Sección 504 en http://www.ed.gov/about/offices/list/ocr/docs/howto.html?src=rt. Debe presentar una queja bajo la Sección 504 dentro de los 180 días posteriores a la discriminación.
  3. También puede presentar una queja (demanda) en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado.Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic en http://www.ncsc.org/Information-and-Resources/Browse-by-State.aspx. Para localizar su tribunal federal, haga clic en http://www.uscourts.gov/court_locator.aspx.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información: https://www.nad.org/issues/education/higher-education.

>> Discriminación en el transporte público (autobuses, metro y trenes)

Descripción de YouTube: La NAD explica cómo los viajeros sordos e hipoacúsicos pueden presentar una queja cuando sufren una falta de acceso en el transporte público.

Las agencias federales y estatales, al igual que las empresas privadas, están obligadas por la Ley de Estadounidenses con Discapacidad a ofrecer una información accesible a los viajeros sordos e hipoacúsicos.  Por ejemplo, se debe ofrecer subtítulos para toda información que se comunica a través del idioma oral, como los anuncios de servicio público y los anuncios de paradas o demoras en los autobuses, trenes y transbordadores. También debe haber advertencias visuales para las sirenas o alarmas de emergencia.

Si ha sufrido una falta de acceso en los autobuses, metros o trenes, presente una queja ante la agencia correspondiente del Departamento de Transporte (DOT). Consulte la información de contacto de la agencia aquí: http://www.dot.gov/citizen_services/disability/complaints.html o rellene y envíe por correo este formulario: http://www.fta.dot.gov/civilrights/ada/civil_rights_3889.html.

Aquí puede obtener un breve resumen de las páginas web de la NAD:https://www.nad.org/news/2010/12/nad-meets-us-dept-transportation y https://www.nad.org/issues/transportation-and-travel.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos ver si podemos ofrecer ayuda con su caso.

>> Información de emergencia por televisión

Descripción de YouTube: La NAD comparte información sobre cómo una persona sorda o hipoacúsica puede presentar una queja cuando la información de emergencia televisada no le es accesible.

La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) exige que los organismos de radiodifusión y los operadores de cable hagan que la información local de emergencia sea accesible para las personas sordas o hipoacúsicas. Esta regla significa que la información de emergencia de audio televisada debe proporcionarse en un formato visual. Para obtener más información, consulte Acceso a la información de emergencia televisada.

Cuando tiene una queja sobre alguna situación donde no se proporcione información de emergencia televisada en un formato accesible, puede, pero no está obligado a hacerlo, intentar resolver el problema con el distribuidor de programación de vídeo.

Puede presentar su queja a la FCC en línea. También puede presentar su queja al Centro del Consumidor de la FCC enviando un correo electrónico [email protected], llamando a 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o a 844-4-FCC-ASL (844-432-2275).

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información acerca de cómo presentar una queja relacionada a la información de emergencia televisada, consulte la Hoja informativa para los consumidores de la FCC o aquí.

>> Discriminación laboral – por gobiernos estatales y locales, y empresas

Descripción de YouTube: La NAD explica cómo un empleado sordo o hipoacúsico puede presentar una queja con respecto a la discriminación en el lugar de trabajo, por un gobierno estatal o local o por una empresa.

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) es responsable de investigar los cargos de discriminación en el lugar de trabajo por parte de las empresas (con o sin fines de lucro; con 15 o más empleados) y las agencias gubernamentales estatales y locales. Un ejemplo de discriminación es cuando el patrón le informa que no lo van a contratar o mantener como empleado porque es sordo, aunque usted esté calificado para el puesto.

La EEOC tiene oficinas en todo el país. En algunos estados, debe presentar el cargo dentro de los 180 días posteriores a la discriminación. En otros estados, es posible que tenga más tiempo. En todo caso, debe presentar su cargo dentro del plazo. Debe comunicarse con su oficina local de la EEOC para obtener más información sobre cómo presentar una queja. Puede encontrar su oficina local de la EEOC en línea en http://www.eeoc.gov/field/index.cfm.

Después de presentar una queja, la EEOC puede investigar su caso. La EEOC puede tratar de resolver su caso informalmente a través de la mediación. Si no puede resolver el caso a través de la mediación, la EEOC decidirá si debe presentar una demanda en su nombre. Si la EEOC decide no presentar una demanda o encuentra que no hubo discriminación, usted recibirá una carta que le permitirá a usted presentar una demanda ante el tribunal, la cual se conoce como un oficio de «derecho a demandar». Después de recibir el oficio, usted tiene 90 días para presentar una demanda ante el tribunal.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información:

>> Discriminación laboral – por  el gobierno federal

Descripción de YouTube: La NAD explica cómo un empleado sordo o hipoacúsico puede presentar una queja con respecto a la discriminación en el lugar de trabajo por el gobierno federal.

La EEOC no investiga los cargos de discriminación en el lugar de trabajo por motivos de discapacidad por el gobierno federal, ni la discriminación en contra de los postulantes.Lo primero que debe hacer es contactar la oficina de Oportunidad de Igualdad en el Empleo (EEO, por sus siglas en inglés) de su agencia federal donde trabaja o donde se postuló dentro del plazo de 45 días. Luego, el asesor de EEO le explicará sus derechos y responsabilidades y le pedirá información básica sobre su situación.

En la mayoría de los casos, el asesor de EEO le dará la opción de tomar el asesoramiento de EEO o de participar en un procedimiento alternativo de solución de controversias (ADR, por sus siglas en inglés), como la mediación. No todos los problemas están cubiertos por un programa de ADR de una agencia, y el asesor de EEO debe ser capaz de informarle si su situación está cubierta. En caso de que no lo esté, el asesor tratará de resolver el asunto de manera informal. Un ejemplo de discriminación es la negativa del patrón a proporcionar un intérprete para las reuniones del personal, o los esfuerzos de excluirlo, diciéndole que las actas de la reunión se le entregarán después, para evitar de esta forma los gastos del servicio de interpretación.

Si no llega a un acuerdo en cuanto a esta problemática mediante el asesoramiento o un ADR, puede presentar una queja formal de discriminación en contra de la agencia en la oficina de EEO. El asesor llevará a cabo una entrevista final con usted y luego le entregará una notificación con las indicaciones para presentar una queja formal.La entrevista se celebrará dentro del plazo de 30 días que se cuentan desde el día del primer contacto que tuvo con la oficina de EEO para solicitar asesoramiento —a menos que haya participado en un ADR o haya aceptado una extensión del plazo de hasta 60 días adicionales. Si participó en un ADR, el proceso previo a la queja se extiende a 90 días.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información, póngase en contacto con la oficina de EEO de su agencia o haga clic en http://www.eeoc.gov/federal/fed_employees/complaint_overview.cfm o https://www.nad.org/issues/employment/discrimination-and-reasonable-accommodations.

>> Programas financiados por el gobierno federal

Esta lista contiene las agencias del gobierno federal que investigan las quejas relacionadas con la discriminación por motivos de discapacidad contra los programas que reciben fondos federales para ofrecer servicios de educación, atención médica, vivienda, transporte u otros.

>> Discriminación en materia de viviendas

Descripción de YouTube: Aprenda lo que puede hacer cuando se sufre discriminación en el ámbito de la vivienda.

Los arrendadores y los gerentes de condominios tienen dos responsabilidades principales conforme a la Ley de Vivienda Justa: permitir que los inquilinos realicen modificaciones razonables al inmueble, y ofrecer ajustes razonables en las políticas y servicios cuando sea necesario para adaptarse a una discapacidad en particular. A modo de ejemplo, los inquilinos sordos tienen la autorización de instalar timbres visuales, y los departamentos o condominios que cuentan con políticas que prohíben las mascotas están obligados a hacer una excepción para los animales entrenados de servicio. Las quejas de discriminación en materia de vivienda bajo la Ley de Vivienda Justa se pueden presentar al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD, por sus siglas en inglés).  Para comunicarse con HUD o para encontrar el nombre de la oficina regional de HUD más cercana, visite http://www.hud.gov/complaints/housediscrim.cfm o llame al 1-800-669-9777.

También puede presentar una queja (demanda) en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado. Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic en http://www.ncsc.org/Information-and-Resources/Browse-by-State.aspx. Para localizar su tribunal federal, haga clic en http://www.uscourts.gov/court_locator.aspx.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. ha creado 12 videos en lengua de señas estadounidense, con subtítulos en inglés.  Estos vídeos ofrecen información crítica de índole legal y práctico en un formato accesible para las personas sordas e hipoacúsicas.  Cuentan con actores sordos e hipoacúsicas que brindan información importante relacionada con los derechos de vivienda justa y préstamos justos en conformidad con la ley federal de vivienda justa.

Para obtener más información: https://www.nad.org/issues/civil-rights/fair-housing-act/housing-discrimination.

>> Calidad del intérprete

Si tiene una queja sobre la calidad del intérprete, hay dos maneras de presentar una queja:

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

>> Problemas en la educación K-12

Descripción de YouTube: La NAD ofrece información sobre cómo los padres de familia pueden presentar quejas en materia de la educación K-12 de su hijo sordo o hipoacúsico.

¿Es usted padre o madre de un niño sordo o hipoacúsico? ¿Cree que la escuela de su hijo no ha proporcionado una educación pública, apropiada y gratuita o servicios apropiados bajo el plan de educación individualizado (IEP, por sus siglas en inglés) de su hijo? Esto puede ser una violación de la Ley de Educación para Individuos con Discapacidad (IDEA, por sus siglas en inglés) que afecta seriamente a su hijo. Primero, averigüe cómo la escuela resuelve los conflictos relacionados con la discapacidad y pase por ese proceso, como una reunión con el director o la solicitud de evaluaciones adicionales. Si ya ha pasado por este proceso y siente que el problema no se puede resolver sin la intervención de un investigador estatal, presente una queja formal. Asegúrese de incluir tantas pruebas como sea posible, por ejemplo, boletas de calificaciones de su hijo que muestren el aumento de la frustración o el retroceso (disminución) de las habilidades de lenguaje cuando el profesor no es capaz de comunicarse con su hijo, o cuando no esté disponible un intérprete calificado. Estas pruebas se deben entregar al distrito estatal o local, junto con su queja.

Para presentar una queja:

1. Si la escuela cuenta con ellos, escriba una carta o llene un formulario de queja (pregunte a su escuela).

2. Envíelo por correo a la oficina de educación especial del Departamento de Educación de su estado. La IDEA también requiere que envíe una copia de la queja al superintendente del distrito escolar. Puede obtener el nombre y la dirección del superintendente de la oficina central de las escuelas de su zona o de la escuela estatal de su hijo.

3. Envíe su queja por correo y espere unos días; luego, llame para asegurarse de que fue recibida. Mantenga un registro de los nombres de las personas con las que se ponga en contacto. Si solicitan información adicional, envíela lo antes posible.

4. La oficina de educación especial de su estado se pondrá en contacto con usted para explicarle el proceso de queja. En la mayoría de los casos, los estados intentarán ayudarles, a usted y al distrito, a resolver el asunto de la manera más cordial posible. Lo más probable es que se le ofrezcan servicios de mediación.

5. La IDEA requiere que las quejas de educación especial se resuelvan en un plazo de 60 días. La mayoría de los estados permiten a los distritos escolares locales la oportunidad de llevar a cabo sus propias investigaciones internas sobre la queja. En esos casos, el distrito escolar debe incluirle en el proceso de investigación y permitirle presentar los soportes de sus alegaciones. Los distritos deben presentar sus hallazgos al departamento estatal para su evaluación. Además, si el distrito investiga, y usted está en desacuerdo con los hallazgos o siente que no fue incluido en el proceso, puede hacer una reclamación al departamento de educación de su estado.

6. Si su distrito escolar local decide no llevar a cabo su propia investigación, el departamento de educación de su estado realizará la investigación y emitirá un informe final. Independientemente de quién lleve a cabo la investigación, si se encuentran violaciones, el distrito debe corregirlas dentro de los plazos indicados en el informe. Si alguna de las partes no está de acuerdo con las conclusiones, puede presentar una apelación. El departamento de educación de su estado puede proporcionarle más detalles sobre el proceso de apelaciones.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información:

>> Otros tipos de discriminación o problemas legales

Si no ve el tipo específico de discriminación o problema legal que ha sufrido o para el cual necesita obtener más información, rellene nuestro formulario de contacto en línea (seleccione «Law & Advocacy» [Derecho y Defensa]). El formulario puede incluir varios tipos de asuntos legales que requieren el apoyo de una tercera parte, como los subtítulos en el internet o en las aerolíneas.

Tenga en cuenta que el Centro de Derecho y Defensa (en inglés, Law and Advocacy Center, o LAC) de la NAD se centra principalmente en los casos de discriminación, en concreto, los derechos civiles de las personas sordas e hipoacúsicas, ya sea si se trata de leyes estatales o federales, como la ADA o la Sección 504. Para otros asuntos legales, como los de bienes raíces, el derecho comercial, penal o familiar, problemas con el Seguro Social o cualquier tipo de litigio privado (p. ej., la demanda del otro conductor en un accidente automovilístico o la demanda de su vecino), no podemos ofrecerle asistencia directa. Solo podemos tomar en consideración su caso si hubo maltrato o discriminación basada directamente en su condición de ser sordo o hipoacúsico. Si no aceptamos su caso, le ofreceremos una referencia a una organización de defensa local o un abogado local.

En el caso de que ya cuente con un abogado, no podemos tratar su caso con usted debido a prescripciones éticas. Su abogado puede comunicarse con nosotros para tratar cualquier asunto relacionado con las personas sordas e hipoacúsicas y sus derechos legales. Asimismo, el abogado puede contactarnos para recibir orientación sobre cómo trabajar con un cliente sordo, como la contratación de un intérprete.

Si no está seguro qué tipo de caso tiene o si se violaron sus derechos legales, puede comunicarse con nosotros para analizar lo que usted debe hacer con su caso. El NAD quiere asegurarse de que usted cuenta con igualdad de acceso al sistema legal y judicial.

>> Discriminación por la policía

Hay dos leyes federales de discriminación por discapacidad que se aplican a las agencias policiales estatales y locales: La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación y el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidad (la «ADA»). Muchos departamentos de policía en los Estados Unidos reciben asistencia financiera de agencias federales y deben cumplir con la Sección 504, la cual prohíbe la discriminación basada en la discapacidad. Todos los departamentos de policía estatales y locales, independientemente de la recepción de fondos federales, deben acatar el Título II de la ADA, que también prohíbe la discriminación basada en la discapacidad. Tanto la Sección 504 como la ADA aclaran que los organismos del orden público están obligados a tomar medidas para garantizar una comunicación efectiva con las personas sordas o hipoacúsicas.

Bajo la ADA, los organismos estatales y locales del orden público están obligados a proporcionar ajustes, tales como intérpretes calificados, subtítulos en tiempo real, aparatos de asistencia auditiva u otros servicios, para asegurar una comunicación efectiva con las personas sordas e hipoacúsicas. Las agencias del orden público deben preguntar a la persona sorda o hipoacúsica sobre cual ayuda o servicio auxiliar prefiere para una comunicación eficaz.

En cada situación, hay varios factores para tener en cuenta a la hora de determinar qué ajuste es apropiado. Por ejemplo, el lápiz y papel puede usarse para interacciones breves y simples, como recibir una multa por una infracción por exceso de velocidad, o solicitar un TTY o videoteléfono para hacer una llamada cuando uno esté encarcelado. Por otro lado, las interacciones complejas, como el interrogatorio de personas sordas o hipoacúsicas solo deben hacerse con un intérprete calificado presente u otra ayuda o servicio auxiliar necesario para lograr una comunicación eficaz. Para obtener más información, consulte https://www.nad.org/issues/justice/police-and-law-enforcement/communication-access.

Si se encontró con discriminación por comunicación por parte de agentes de la policía, puede presentar una queja ante el Departamento de Justicia (DOJ) bajo el Título II de la ADA. Esto debe hacerse dentro de los 180 días posteriores a la discriminación. Puede escribir su información en el formulario y luego enviarlo por correo electrónico como archivo adjunto a [email protected], junto con los documentos relevantes. Recibirá un correo electrónico de respuesta automática confirmando la recepción de su queja. Guarde una copia de su queja y el correo electrónico de respuesta para sus evidencias. Si la agencia de policía recibe fondos federales, puede optar por presentar una queja por escrito bajo la Sección 504. Para obtener más información, consulte: http://www.hhs.gov/ocr/civilrights/resources/factsheets/504ada.pdf

También puede presentar una queja en un tribunal estatal o federal. Sin embargo, existen plazos para presentar quejas judiciales, los cuales difieren según el estado. Para localizar su tribunal civil estatal, haga clic en http://www.ncsc.org/Information-and-Resources/Browse-by-State.aspx. Para localizar su tribunal federal, haga clic en http://www.uscourts.gov/court_locator.aspx.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

>> Rechazo de llamadas del servicio de relevo

Descripción de YouTube: La NAD explica cómo presentar una queja cuando una empresa niega recibir una llamada de parte de una persona sorda o hipoacúsica.

La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) está consciente del nivel de fraude que está ocurriendo con las llamadas del servicio de relevo; no obstante, aclara que las empresas están obligadas a aceptar las llamadas de relevo de parte de los consumidores sordos e hipoacúsicos según dispone la Ley de Estadounidenses con Discapacidad (ADA). Las empresas deben instruir a sus empleados a aceptar todas y cada una de las llamadas realizadas a través de un servicio de relevo cuando el mismo tipo de llamada sería aceptado de parte de una persona oyente. Deben establecerse políticas y prácticas para garantizar y proporcionar igualdad de acceso a las personas sordas o hipoacúsicas.

Si una empresa ha rechazado su llamada repetidamente o le ha tratado de manera injusta por su uso de los servicios de relevo, presente una queja bajo el Título III ante el Departamento de Justicia (DOJ) en línea.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información: https://www.nad.org/issues/telephone-and-relay-services/relay-services/message-businesses-don’t-hang.

>> Quejas relacionadas con los subtítulos opcionales en la televisión

Descripción de YouTube: La NAD explica cómo presentar una queja relacionada con los subtítulos opcionales en la televisión.

La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) es responsable de hacer cumplir los requisitos de subtítulos opcionales (en inglés, closed captioning) para los programas de televisión. Cuando vea un programa de televisión no subtitulado o con subtítulos faltantes, retrasados, incoherentes, demasiado rápidos o ilegibles, pueden presentar una queja. Puede presentar una queja ante su estación de televisión local, proveedor de televisión por cable o servicio de televisión por satélite. También puede presentar una queja ante la FCC en línea.

Para obtener la información de contacto para su estación de televisión local, proveedor de televisión por cable o servicio de televisión por satélite, haga clic aquí. Introduzca su código postal y haga clic en la casilla para elegir a quién desea dirigir su queja: emisora, cable, compañía telefónica, satélite u otro. A continuación, haga clic en el botón azul «Search» (Buscar) y obtendrá una lista. Elija su proveedor y con un clic más en el botón verde «View details» (Ver detalles), tendrá la información que necesita. Marque este enlace como favorito para que pueda localizar fácilmente a su proveedor la próxima vez que vea problemas con los subtítulos en su programa de televisión favorito.

Línea de atención al consumidor en ASL
La FCC posibilita el acceso directo por vídeo para que los consumidores puedan comunicarse con ellos.

Cuando presente una queja, por favor, informe a la NAD, para que veamos si podemos ofrecer ayuda con su caso.

Para obtener más información sobre cómo presentar quejas relacionadas con los subtítulos opcionales, consulte los Consejos para la presentación de quejas relacionadas con los subtítulos opcionales de la FCC.